Para poder trabajar como Auxiliar, es obligatorio disponer del "Certificado de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales".
En una Residencia las tareas básicas las realiza el Personal Auxiliar, entre las que se encuentran: aseo, ducha, cambio de pañales, vestir, dar de desayunar, dar de comer, dar de merendar, dar de cenar, hidratación hídrica, hidratación de la piel (por pauta normalmente), administrar la medicación (en algunos casos lo realiza el área de enfermería), movilizaciones, levantar, acostar, acompañar/llevar a las personas a las diferentes estancias (como el comedor, al baño, etc.), registrar en el sistema informático o en las plantillas establecidas los registros "obligatorios". Dependiendo del grado de dependencia de la Persona, estas tareas se llevan a cabo con mayor o menor celeridad, en algunas ocasiones es necesario la ayuda de elementos mecánicos (como grúas para las movilizaciones).
El número de trabajadores en una Residencia, lo establece la normativa (según la Comunidad Autónoma), y el cómputo se establece con la suma de todos los trabajadores del establecimiento.
Los trabajadores/as están organizados por turnos; mañana, tarde y noche y existen protocolos de actuación para cada una de las tareas y su periodicidad (como por ejemplo el número mínimo de ingesta hídrica, número de cambios de pañales, movilizaciones, etc.).
Los salarios se ajustan al SMI y a lo establecido en los convenios colectivos (autonómicos). Existen diferentes criterios para la realización de las jornadas, la más habitual es trabajar 7 días y librar 2, ajustándose una semana 3 días de libranza. Alguno de los turnos, como el de mañana, suele ser de 36 horas semanales.
En Residencias grandes con un mayor número de Personas Residentes, suele apoyar personal de la farmacia de referencia, para la preparación de la medicación principalmente y gestión del stock de medicamentos en la Residencia. Normalmente en las grandes Residencias, la medicación se prepara todos los días para el día siguiente.
El personal Auxiliar no lleva a cabo tareas fuera del establecimiento.
Los establecimientos son supervisados por el área de Inspección de la Consejería de Políticas Sociales de cada una de las Comunidades Autónomas.