domingo, 18 de agosto de 2024

Atención y Cuidado de Personas Mayores. Cuestiones Previas a la Ejecución de las Tareas de Atención en una Residencia.

Cuando una Persona es ingresada en una Residencia, los familiares deben de aportar una serie de documentación, entre las más importantes, historial médico actualizado y medicación actualizada, pañales y documento de tutela o documento notarial de voluntades de la Persona ingresada (si fuese el caso). Si la Persona tiene deterioro cognitivo debe comunicarse su ingreso al Juzgado de Incapacidades, si no lo han hecho los familiares, lo hará la Residencia, y el Juzgado debe autorizar el ingreso.
Recibida la información de la Persona ingresada, el Equipo de la Residencia (médico, enfermería, psicología, fisioterapia...) establecen el Plan de Atención, pilar básico para la Atención y Cuidado de la Persona ingresada. Este Plan detalla tareas adicionales de cuidados que serán incluidas junto a las tareas estándar. Es obligatorio que el Plan de Atención y Cuidados sea conocido por los familiares.
La Residencia trasladará administrativamente a la Persona al Centro de Salud al que corresponde la Residencia, y es habitual, si la Persona es ingresada de manera permanente su empadronamiento en la dirección de la Residencia. En caso de que la Persona tuviese que ser derivada al hospital, lo habitual es la derivación al hospital asignado al Centro de Salud. Dependiendo del tamaño de la Residencia y autorización solicitada por esta, se pueden llevar a cabo algunas prácticas sanitarias. Si no fuese así el Centro de Salud presta los servicios necesarios a las Personas ingresadas según la demanda del Médico de la Residencia y segun el historial clinico de la Persona. La Residencia tiene la farmacia de referencia que es la encargada de proporcionarle la medicación necesaria. Los pañales son suministrados directamente por el Sistema Público de Salud.
Las competencias están transferidas a las Comunidades Autonomas y es la Consejería de Políticas Sociales la encargada de la inspección en las Residencias.

Recientemente han habido cambios en la normativa adjunto el link al final correspondiente al de la Comunidad de Madrid. Entre los cambios más importantes es que se limitan las residencias a 150 Personas y aumentan los ratios de trabajadores. Respecto a otras cuestiones de la normativa tengo mi opinión profesional que será objeto en otro post. 

https://www.comunidad.madrid/transparencia/sites/default/files/2023_03_30_orden_acreditacion_para_inf.pdf